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El “Tsunami legal” sobre la propiedad en Fuerteventura

21 Abr, 2020

Queridos amigos, colaboradores y clientes,

¿Cómo nos va a afectar toda la normativa que sobre la propiedad en Fuerteventura se está publicando sobre el estado de alarma?

Mucha gente nos pregunta sobre las noticias que sobre las normas legales que se están dictando al amparo del estado de alarma y su alcance e interpretación. Y está provocando una confusión elevada a todos los ciudadanos y profesionales del Derecho.

El conjunto de Decretos Leyes, Reales Decretos y Ordenes que se están dictando, muchas veces modificando la legislación ordinaria, es bloque normativo complejo y de muy difícil interpretación y, en muchas ocasiones, más difícil aplicación.

Si observamos el BOE (Boletín Oficial del Estado), podemos observar la amplitud de las normas publicadas al amparo de esta situación de alarma del COVID-19.

https://boe.es/biblioteca_juridica/codigos/codigo.php?id=355&modo=2&nota=0&tab=2

Por eso, evitaría sacar conclusiones precipitadas de la lectura de ninguna de estas normas y pondría en duda cualquier artículo periodístico u opinión al respecto, pues, como digo, es complejo y probablemente haya varias interpretaciones o soluciones posibles.

¿Cómo nos va a afectar la normativa que sobre los arrendamientos se está publicando? ¿Puede perjudicar a mi propiedad en Fuerteventura?

Si además se quiere llevar a un caso concreto, se requiere un análisis pormenorizado de todas las circunstancias, lo cual desde LAJARES LAW OFFICES estamos encantados de valorar.

Incluso estos días se nos señala la posibilidad de que existan medidas sobre segundas residencias y demás, para atender necesidades de vivienda en situaciones extremas en las que se dice que la administración puede imponer ocupar viviendas libres. En una suerte de querer imponer una especie de «alquiler forzoso» en las viviendas sometidas a algún régimen público y, a falta de ellas, también en las privadas. Se regula después las ayudas a ese inquilino de especial vulnerabilidad. Lo que no se dice, sin embargo, que la imposición de ese «alquiler forzoso» en una propiedad privada vaya a ser gratuita y, lo lógico sería, que se tramitarse por el procedimiento expropiatorio de ocupaciones temporales o cualquier otro, lo que es ciertamente de difícil aplicación por mucho que os lleguen noticias de este tipo.

¿Cómo nos preparamos para entender y comprender este “tsunami legal” y proteger nuestros derechos de propiedad en Fuerteventura?

Lo mejor, estad asesorados. Preguntadnos vuestras inquietudes.

Cuidaros y ya sabéis, WE LAW YOU.

 

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